Call for projects: Desarrollo de productos y servicios tecnológicos para espacios de datos
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Deadline: Nov 28, 2024
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Public Funding

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Summary

Publicadas las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante el desarrollo de productos y servicios tecnológicos para espacios de datos. Si tienes alguna idea que pudiera presentarse a esta convocatoria, expresa tu interés y ponte en contacto con nosotros

Description

OBJETIVO

Crear un catálogo de herramientas que se incorporarán en los espacios de datos, siendo estos infraestructuras y plataformas que dan servicio por igual en todo el territorio nacional.

Se trata de proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) para impulsar y hacer más competitiva la oferta de productos y servicios necesarios para el despliegue de los espacios de datos en todos los sectores económicos y para todos los intervinientes en los ecosistemas de compartición de datos. Los productos y servicios de espacios de datos incluyen, pero no se limitan a, plataformas de datos, herramientas de explotación de datos, infraestructuras de datos, y cualquier otro recurso tecnológico que permita la eficiente gestión y aprovechamiento de los datos y su compartición.

Las actuaciones financiadas estarán destinadas al desarrollo de productos y servicios tecnológicos de datos que puedan incorporarse a un espacio de datos para su consolidación y crecimiento.

Los proyectos presentados se enmarcarán en alguna de las categorías de productos y servicios recogidos en el anexo II, así como en los desarrollos de las mismas que se contemplen en las convocatorias.

Las convocatorias podrán establecer además los sectores productivos estratégicos a los que podrán dirigirse los proyectos objeto de las ayudas y, en su caso, el presupuesto reservado para cada sector objetivo.



BENEFICIARIOS

- Empresas y asociaciones empresariales de carácter público o privado, independientemente de su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica.

- Organismos de investigación y difusión de conocimientos de carácter público o privado.

Las convocatorias podrán especificar los tipos de entidades que podrán ser beneficiarias, de entre las contempladas en el punto anterior.



MINIMIS

No computa minimis.



CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

a) Gastos de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.

b) Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto. Únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.

c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto, conforme a las definiciones del anexo I.

d) Gastos generales directamente derivados del proyecto, en los que se podrá imputar hasta un 15 % de los costes de personal del proyecto, los gastos de capacitación del personal en tecnologías asociadas al proyecto y gastos destinados a la protección mediante propiedad industrial de los activos intangibles obtenidos durante el desarrollo del proyecto.

e) Otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.



INTENSIDAD MÁXIMA DE LA AYUDA

Empresas no PYME: Hasta el 25 % del coste subvencionable del proyecto.

Medianas empresas: Hasta el 35 % del coste subvencionable del proyecto.

Pequeñas empresas: Hasta el 45 % del coste subvencionable del proyecto.

Podrá añadirse una bonificación de 15 puntos porcentuales, si los resultados del proyecto se difunden ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, servicios de compartición de datos incluyendo por lo menos un área de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

Respecto los organismos privados de investigación y difusión, según la definición que para ellos se recoge en el mencionado reglamento, y a las asociaciones empresariales, la intensidad máxima se asimilará a lo definido para empresas en la tabla anterior, en función del tamaño de dicha entidad.

ii. Organismos públicos de investigación y difusión de conocimientos.

En el caso de que el beneficiario sea un organismo público de investigación y difusión de conocimientos, la intensidad de ayuda máxima será del 100 % de los costes marginales subvencionables.



PRESUPUESTO

Los proyectos tendrán un presupuesto financiable mínimo de 300.000 euros y máximo de 1.000.000 euros, salvo que en las convocatorias se especifique otro rango dentro de esos límites.



GARANTÍAS

La subvención se instrumentará como pago total anticipado.

En el supuesto de que la beneficiaria sea una entidad privada, procederá la constitución de garantías en todos los casos en los que se realice un pago anticipado para asegurar el cumplimiento de los compromisos asumidos por los beneficiarios.

En el supuesto de que el beneficiario sea una entidad integrante del sector público institucional o una entidad no lucrativa, en aplicación del artículo 42 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, quedará exonerado de la constitución de garantía.

Estas garantías deberán constituirse por un importe del 100 % del valor de la subvención efectuada en modalidad de pago anticipado.

El plazo para la constitución de las garantías será de veinte días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de la resolución de concesión.

La falta de constitución y acreditación ante el órgano competente de las garantías, en la modalidad establecida en estas bases reguladoras, previo trámite de audiencia al beneficiario supondrá la renuncia presunta a la ayuda concedida para la realización del proyecto.



MODALIDAD

Los proyectos deberán realizarse en la modalidad de beneficiario único (proyecto individual).



SUBCONTRATACIÓN

Las convocatorias podrán determinar el porcentaje máximo de subcontratación, que en todo caso no excederá del 50 % del presupuesto financiable.



PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las fechas de inicio y finalización del plazo de presentación de solicitudes se establecerán en cada convocatoria. En cualquier caso, el plazo mínimo de presentación de solicitudes será de treinta días.



TIPOS DE PROYECTOS DE DESARROLLO EXPERIMENTAL

Desarrollo experimental comprende la adquisición, combinación, configuración y utilización de conocimientos y capacidades científicos, tecnológicos, empresariales y de otros tipos existentes con el objetivo de desarrollar productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, incluidos los productos, procesos o servicios digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector (incluidas, aunque no exclusivamente, las industrias y tecnologías digitales, como la supercomputación, las tecnologías cuánticas, las tecnologías de cadena de bloques, la inteligencia artificial, la ciberseguridad, los macrodatos y las tecnologías de computación en nube o periférica); podrá englobar también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la realización piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento cuando el objetivo principal sea aportar mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente fijados; podrá incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación.

El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.



SUBCONTRATACIÓN

El porcentaje de subcontratación se calcula como el cociente entre los gastos de subcontratación y el presupuesto total financiable del proyecto. Este porcentaje no podrá superar el 50 %.

Según la definición establecida en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, «se entiende que un beneficiario subcontrata cuando concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada.»

De esta forma, se podrán subcontratar servicios a terceros para la realización total o parcial de actividades que constituyan el objeto de la subvención, como servicios de consultoría, desarrollo de software, oficinas de proyecto, etc. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos (como gastos del tipo infraestructura, plataforma o software como servicios) en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada.



TIPOS DE PROYECTOS

Las ayudas que se convoquen en el marco de estas bases reguladoras se destinarán a proyectos de desarrollo experimental para el impulso de nuevos productos y servicios de espacios de datos. Los proyectos presentados se deberán enmarcar en alguna de las siguientes categorías pudiendo ser estas modificadas en las convocatorias:

A continuación, se describen en líneas generales cada uno de estos tipos de proyecto, pudiendo ser modificadas y/o ampliadas en las convocatorias. El proyecto presentado por el solicitante deberá garantizar su compatibilidad con arquitecturas de espacios de datos para cualquiera de las categorías.



Building blocks de espacios de datos

Proyectos asociados al desarrollo de componentes técnicos fundamentales de las arquitecturas de espacios de datos tales como: conectores, registro de datos, gestión de identidad, modelos de datos, etc. Estos componentes deberán estar alineados con arquitecturas de referencia de espacios de datos.



Productos y servicios de datos

Proyectos que desarrollen productos y servicios que implementen un caso de uso integrado en un espacio de datos. Estos tendrán una aplicación directa en uno o varios sectores económicos aportando un plan de negocio viable.



Herramientas de tratamiento de datos

Proyectos asociados a herramientas para la preparación y tratamiento de datos, con carácter previo a la conexión a un espacio de datos. Ejemplos: anonimización del dato, generación de datos sintéticos, mejora de la calidad del dato, depuración de los datos, etc.



Plataformas de espacios de datos

Proyectos que desarrollan soluciones de plataforma como servicio (PaaS) de espacios de datos. Estas plataformas ofrecen a entidades que no pueden/quieran desarrollar su propia solución propietaria de espacio de datos acceso en modo servicio a la construcción de su propio espacio de datos. También se incluyen en esta categoría soluciones que permitan a entidades conectarse directamente a un espacio de datos existente para publicar y/o acceder a datos mediante una plataforma de intermediación de datos.



Descubrimiento de datos

Proyectos enfocados al desarrollo de herramientas para el descubrimiento de datos de una empresa, así como su análisis para su futura explotación e incorporación a un espacio de datos.



Herramientas para asegurar el cumplimiento normativo

Productos de software que permitan adaptar un espacio de datos al cumplimiento de normativa nacional y/o europea. Ejemplo: Adaptación al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), Adaptación al Reglamento de Datos (Data Act), implementación del Pasaporte Digital del Producto de la UE (DPP), etc.

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